Ser pariente directo de una persona fallecida no siempre garantiza el derecho a heredar. La ley contempla situaciones específicas en las que un heredero puede quedar excluido de la sucesión.

Un caso práctico

Después del fallecimiento de su padre, Lucas descubre que uno de sus hermanos nunca mantuvo contacto ni brindó ayuda alguna cuando el padre más lo necesitó. Se pregunta si eso puede tener alguna consecuencia sobre la herencia.

¿Qué dice la ley?

El Código Civil y Comercial prevé causales de indignidad que pueden excluir a un heredero de la sucesión, entre ellas, no haber prestado alimentos o asistencia al causante cuando este los necesitaba y el heredero estaba en condiciones de brindarlos. La indignidad no opera de forma automática: debe ser declarada judicialmente.

Clave: la exclusión de un heredero por indignidad no es automática, requiere que otro interesado en la sucesión la plantee y que un juez la declare.

¿Cómo saber si tu caso aplica?

Estas situaciones suelen ser delicadas dentro del entorno familiar. Un asesoramiento profesional ayuda a encararlas de la forma más clara posible.

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