¿Por qué pasa esto?
Antes de escriturar, el escribano pide un certificado de deuda de expensas al consorcio. Si la unidad tiene deuda, esto puede trabar o directamente frenar el cierre de la operación.
¿Quién responde por esa deuda?
Como regla general, las expensas devengadas hasta el momento de la escritura son responsabilidad del vendedor.
Ojo: si no se salda antes de escriturar, el comprador puede terminar heredando el problema, porque la deuda sigue "pegada" a la unidad (es una obligación propter rem, es decir, que sigue al inmueble, no solo a la persona).
¿Qué conviene hacer?
- Pedir el certificado de deuda de expensas actualizado antes de firmar cualquier boleto.
- Dejar expresamente aclarado en el boleto quién se hace cargo de la deuda existente.
- Exigir que la deuda esté saldada (o retenida del precio) al momento de escriturar.
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